Informe de Evaluación de Edificios | San Pedro Alcántara | Marbella |
Los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva podrán ser requeridos por la Administración competente para que acrediten la situación en la que se encuentran aquéllos, al menos en relación con el estado de conservación del edificio y con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética de los mismos.
Se trata también de un informe solicitado para cumplir con los requerimientos que se exigen por parte de las administraciones en la solicitud de diferentes tipos de subvenciones.
El Informe de Evaluación realizado por encargo de la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios que se refieran a la totalidad de un edificio o complejo inmobiliario extenderá su eficacia a todos y cada uno de los locales y viviendas existentes.
El Informe de Evaluación tendrá una periodicidad mínima de diez años, pudiendo establecer las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos una periodicidad menor.
Los propietarios de inmuebles obligados a la realización del informe deberán remitir una copia del mismo al organismo que determine la Comunidad Autónoma, con el fin de que dicha información forme parte de un Registro integrado único.
En Estudio STARQ podemos realizar el Informe de Evaluación de Edificios y presentarlo por usted en el Ayuntamiento de Marbella. Si tienes dudas o necesitas más información, puedes contactar con nosotros en el teléfono 660056541, en horario de lunes a viernes de 9h a 19h, enviar un correo a info@estudiostarq.com o bien, utilizar nuestro formulario de contacto y te atenderemos lo antes posible.
Estudio STARQ – San Pedro Alcántara | Marbella
Protocolo de actuación para la realización del Informe de Evaluación de Edificios (IEE)
Se explica a continuación las pautas a seguir para cumplir con la obligación de realizar el Informe de Evaluación de los Edificios, relativa a la situación jurídica, arquitectónica, urbanística y al régimen de la ocupación y propiedad del edificio, conforme al modelo oficialmente aprobado que resulte vigente:
- Realizar la visita de inspección a la totalidad de los espacios de la edificación o construcción.
- Descripción detallada del mismo, incluyendo referencia catastral, fecha de visita, planos de situación y fotografías del exterior e interior del edificio en caso de ser necesarios.
- Descripción de los trabajos previos ejecutados para realizar la inspección (apertura de calos, catas, desmontaje de falsos techos, etc.) en el caso de que hayan sido necesarios para determinar los daños de la edificación.
- Evaluación del estado de conservación del edificio con descripción de los desperfectos y deficiencias apreciados en el mismo con indicación de, al menos, los siguientes apartados relativos a la seguridad constructiva de la edificación:
- Seguridad, estabilidad y consolidación estructurales, con indicación de si el edificio o construcción o parte de los mismos sufren daños que tengan su origen o afecten a cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales que puedan comprometer la resistencia mecánica y estabilidad del edificio o construcción.
- Seguridad relativa a fachadas interiores, exteriores y medianeras de edificio o construcción, en especial de los elementos que puedan suponer peligro para la vía pública o zonas interiores de la edificación tales como frentes de forjado, cornisa, aplacados etc.
- Estanqueidad, indicando el estado general de cubiertas, azoteas, paramentos y carpinterías exteriores.
- Estado general de las redes de fontanería, saneamiento y electricidad.
- Evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.
- Certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.
- Descripción de las causas de todos los desperfecto o deficiencias apreciados e indicación de las medidas, trabajos y obras necesarias para solventar los desperfectos y deficiencias señalados, con indicación asimismo de un orden de prioridades para la ejecución de los mismos, haciendo expresa referencia a los plazos necesarios de inicio y ejecución de los mismos.
- Presupuesto estimativo de las medidas, trabajos y obras en caso de que estas sean necesarias.
- En el supuesto de emisión del segundo y sucesivos Informes de Evaluación de Edificios, indicación del grado de ejecución y efectividad de las medidas, trabajos y obras realizados para cumplimentar las recomendaciones señaladas en los informes de inspección técnica anteriores.
- Presentación del informe en la plataforma digital que el Ministerio de Fomento tiene habilitada para su registro.